El 3 de julio de 2026, la Comisión Europea adoptó y publicó dos Reglamentos Delegados distintos en virtud de la Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD): uno que revisa los European Sustainability Reporting Standards (ESRS Set 1) y otro que establece el estándar voluntario de reporting de sostenibilidad (VSME) destinado a las pymes no cotizadas. EFRAG, asesor técnico de la Comisión en materia de ESRS, anunció la adopción el 3 de julio de 2026. Ambos textos fueron transmitidos el mismo día al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea para su escrutinio con arreglo al artículo 290 TFUE, y solo entrarán en vigor si no se formula objeción y tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

Los ESRS revisados se aplican a los ejercicios financieros que comiencen el 1 de enero de 2027 o posteriormente, con posibilidad de adopción anticipada para el ejercicio 2026 una vez que el Reglamento Delegado haya entrado en vigor. El estándar VSME, entregado a la Comisión por EFRAG en diciembre de 2024 y endosado en julio de 2025, queda ahora anclado jurídicamente en el Derecho de la UE como estándar voluntario destinado a las pymes no cotizadas que deseen estandarizar sus informaciones ESG y responder de forma coherente a las solicitudes de datos de los grandes reportadores CSRD, los bancos y los socios de la cadena de suministro. La adopción cierra la fase técnica de simplificación del reporting CSRD impulsada por el paquete Omnibus I, iniciada con el dictamen técnico de EFRAG de diciembre de 2025 y con la consulta pública sobre el proyecto de acto delegado de mayo 2026.

Para los responsables del reporting CSRD, la adopción del 3 de julio de 2026 es el detonante vinculante para el diseño de la declaración de sostenibilidad FY2027 y para la decisión opcional de adopción anticipada FY2026. El resto del artículo expone qué ha cambiado, quién queda dentro del perímetro, qué hacer este trimestre y cómo los dos Reglamentos Delegados se inscriben en la trayectoria Omnibus I más amplia.

¿Qué cambia en los ESRS Set 1 revisados?

Los ESRS revisados simplifican y racionalizan los estándares sector-agnostic de Set 1 adoptados inicialmente como Reglamento Delegado (UE) 2023/2772. El objetivo declarado de la Comisión es simplificar y racionalizar el reporting de sostenibilidad, en coherencia con el perímetro reducido introducido por la directiva Omnibus I (UE) 2026/470. Las modificaciones sustanciales afectan a los estándares transversales (ESRS 1 y ESRS 2), los estándares medioambientales (ESRS E1 a E5), los estándares sociales (ESRS S1 a S4) y el estándar de gobernanza (ESRS G1).

Los ESRS revisados recogen las flexibilidades de phase-in introducidas por el Reglamento Delegado de quick-fix (UE) 2025/1416 para los ESRS E4 (biodiversidad), S2 (trabajadores de la cadena de valor), S3 (comunidades afectadas) y S4 (consumidores y usuarios finales). Los estándares revisados reflejan asimismo la decisión de Omnibus I de suprimir los estándares sectoriales obligatorios ESRS Set 2, lo que retira los estándares sectoriales de la hoja de ruta de reporting.

¿Quién debe aplicar los ESRS revisados, y para cuándo?

La aplicación obligatoria empieza en los ejercicios financieros que comiencen el 1 de enero de 2027 o posteriormente, lo que en la práctica corresponde a la declaración de sostenibilidad FY2027 publicada en 2028. Las empresas que deseen reportar antes pueden optar por los estándares revisados ya en el ejercicio 2026, pero únicamente tras la entrada en vigor del Reglamento Delegado tras su publicación en el DOUE. El perímetro está determinado por los umbrales de Omnibus I: grandes empresas de la UE con más de 1.000 empleados y más de 450 millones EUR de cifra de negocios neta, más las empresas de terceros países con una filial o sucursal en la UE por encima del umbral de 150 millones EUR de cifra de negocios neta aplicable a partir de FY2028.

Las pymes cotizadas que fueron retiradas del perímetro CSRD obligatorio por Omnibus I NO están obligadas a aplicar los ESRS, y el estándar voluntario VSME constituye el sustituto recomendado por la Comisión. Los plazos de transposición nacionales para las modificaciones CSRD de Omnibus I corren hasta el 19 de marzo de 2027, por lo que el Derecho nacional alcanzará la redefinición del perímetro a nivel UE en los próximos nueve meses.

¿Qué es el estándar voluntario VSME y para quién es?

VSME es un estándar voluntario desarrollado por EFRAG con un módulo Basic y un módulo Comprehensive, destinado a las pymes no cotizadas que no están en el perímetro CSRD obligatorio pero que reciben solicitudes de datos ESG por parte de los reportadores CSRD, los bancos, los inversores y los grandes clientes. Al adoptar VSME como Reglamento Delegado, la Comisión dota al estándar de un anclaje jurídico reconocido en el Derecho de la UE, lo que debería reducir la cascada de cuestionarios ESG a medida que las pymes reciben de cada contraparte.

VSME no crea una nueva obligación de reporting, y el Derecho nacional no puede hacerlo obligatorio, pero un Estado miembro puede referenciarlo en programas nacionales de apoyo a la financiación o a la transición sostenible de las pymes. Para los reportadores CSRD, el efecto práctico es que VSME se convierte en el conjunto de datos estandarizado que se puede solicitar a los proveedores pyme dentro del perímetro, reemplazando decenas de cuestionarios personalizados por un formato común.

¿Cuál es el calendario del escrutinio a la entrada en vigor?

EtapaEstadoFecha
Dictamen técnico EFRAG a la ComisiónEntregadoDiciembre 2025
Consulta pública sobre el proyecto de acto delegadoCerradaMayo a junio 2026
Adopción y publicación por la ComisiónCompletada3 de julio de 2026
Periodo de escrutinio Parlamento Europeo y ConsejoAbiertoDesde el 3 de julio de 2026, 2 meses por defecto, prorrogables 2 meses
Entrada en vigor (sin objeción)PendienteDía 20 tras publicación en el DOUE
Aplicación obligatoriaFijadaEjercicios financieros que comiencen el 1 de enero de 2027 o posteriormente
Adopción anticipada opcionalCondicionalEjercicio 2026, tras la entrada en vigor

Una objeción del Parlamento Europeo o del Consejo durante el periodo de escrutinio bloquearía el Reglamento Delegado y obligaría a la Comisión a resometerlo, pero las objeciones a la adopción de los ESRS son históricamente raras. El escenario realista es una publicación en el DOUE en el segundo semestre de 2026 y una entrada en vigor 20 días después, lo que deja una ventana estrecha para la adopción anticipada FY2026.

¿Qué deben hacer desde ya los responsables del reporting?

Tratar la adopción del 3 de julio de 2026 como confirmada pero aún no en vigor. Tres acciones concretas pertenecen a la agenda de este trimestre. Primero, confirmar si la entidad está en el perímetro CSRD obligatorio según los umbrales de Omnibus I, y comparar las divulgaciones ESRS Set 1 actuales con los puntos de datos simplificados en cuanto el texto consolidado se publique en el DOUE. Segundo, si se pretende aplicar los ESRS revisados para FY2026, documentar la decisión de adopción anticipada en el expediente de auditoría e informar al proveedor de assurance de sostenibilidad, porque la ventana de auditoría depende de la fecha de publicación en el DOUE. Tercero, si se es una pyme no cotizada o un socio pyme de la cadena de suministro de un reportador CSRD, evaluar el módulo VSME Basic como cuestionario ESG único y estandarizado que se puede entregar a cada cliente en lugar de responder a solicitudes a medida.

Los equipos de reporting deben además actualizar su proceso de evaluación de doble materialidad para reflejar la lista reducida de puntos de datos, y reconfirmar los planes de etiquetado XBRL con su proveedor de software ESEF, porque la taxonomía XBRL ESRS mantenida por ESMA será publicada de nuevo para corresponderse con los estándares revisados.

¿Cómo se inscribe todo esto en la trayectoria de simplificación Omnibus I?

Los ESRS revisados constituyen el brazo de reporting del paquete Omnibus I, que redujo el perímetro CSRD y recalibró el calendario de olas. La directiva Omnibus I (UE) 2026/470 fijaba a la Comisión un plazo estatutario del 18 de septiembre de 2026 para adoptar el Set 1 simplificado; la adopción del 3 de julio de 2026 se adelanta a ese plazo. La trayectoria Omnibus también eliminó el paso previsto al assurance razonable y bloqueó el assurance limitado como régimen permanente, suprimió los estándares sectoriales obligatorios ESRS (Set 2), y recalibró la CS3D a una única fecha de aplicación en 2029. Leídos conjuntamente, el Reglamento Delegado de ESRS revisados y el Reglamento Delegado VSME son el cierre técnico de la agenda de simplificación del reporting de sostenibilidad corporativa.

Un monitorización continua, por jurisdicción, habría señalado esta adopción en el momento en que EFRAG la publicó el 3 de julio de 2026, paralelamente al comunicado de prensa de la Comisión. Obsidian sigue la línea regulatoria CSRD y ESRS de la UE de principio a fin, desde el dictamen técnico EFRAG hasta la consulta de la Comisión, pasando por la publicación en el DOUE y la transposición por los Estados miembros, para que los responsables de cumplimiento no descubran el cambio en una puesta a punto trimestral. Descubra cómo funciona en la página de monitoring o compare planes en pricing. La capa de IA es un compañero regulatorio verificado, no un "experto" ni un "analista": cada producción es trazable hasta una fuente primaria.

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