El Ministerio del Trabajo y Previsión Social (Mintrab) de Chile abrió la postulación al Subsidio Unificado al Empleo (SUE) el 1 de octubre de 2026, y se recibieron más de 70.000 postulaciones entre el 1 y el 2 de octubre de 2026. Creado por la Ley 21.808 y administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), el SUE fusiona cuatro subsidios laborales previos en un único beneficio fiscal para trabajadores de grupos prioritarios.

Los empleadores chilenos que contratan trabajadores de los cuatro grupos prioritarios pueden acceder al SUE postulando a través de la Ventanilla Única Social, que deriva al portal de SENCE, dentro de los tres meses siguientes a la contratación. No existe una única fecha de cumplimiento fija: la postulación abrió el 1 de octubre de 2026 y opera sobre una ventana móvil de tres meses desde cada nueva contratación, siempre que la persona no haya tenido relación laboral con el empleador en los 12 meses previos. Los empleadores que no postulan pierden el subsidio; no hay multa.

¿Qué cambió con el Subsidio Unificado al Empleo?

La Ley 21.808, publicada en el Diario Oficial el 13 de marzo de 2026, fusiona cuatro programas previos, el Subsidio al Empleo, el Subsidio a la Contratación, el Empleo Joven y el subsidio Mujer Trabajadora, en un único beneficio administrado por SENCE. El SUE es ley permanente, no una medida temporal. El ministro del Trabajo, Tomás Rau, lo enmarca junto al Plan Chile Despega y al Subsidio a la Contratación, alcanzando en conjunto $1,3 billones para generar más de 100.000 empleos.

ComponenteMontoDuración
Aporte del empleadorUn porcentaje de la remuneración bruta del trabajador, con un tope de 20 % de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM)12 meses; 15 meses para personas con discapacidad o micro y pequeñas empresas
Trabajador dependienteHasta 20 % de la remuneración bruta, con un piso de 2,5 % de un IMM, por tramos de renta12 meses, pago mensual
Trabajador independiente (y calidad simultánea dependiente e independiente)Según las condiciones establecidas para cada casoPago anual

Los empleadores tienen un tope de 200 personas beneficiarias y un esquema de pago progresivo durante los primeros meses.

¿Quién está cubierto y quién puede postular?

El SUE dirige a cuatro grupos prioritarios: jóvenes de entre 18 y 24 años, mujeres de entre 25 y 54 años, trabajadores de 55 años o más, y personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad. Para acceder, la persona debe pertenecer al 40 % más bajo del Registro Social de Hogares (RSH), percibir una renta bruta mensual igual o inferior a 2,25 IMM, y haber estado en cesantía al menos seis meses continuos u ocho meses discontinuos en los 18 meses previos a la postulación. Las personas con discapacidad están exceptuadas de los requisitos de RSH y de cesantía previa.

¿Cómo y cuándo postulan los empleadores?

Cualquiera de las partes de la relación laboral postula a través de la Ventanilla Única Social, que redirige al portal de SENCE. Cuando postula el empleador, la solicitud abarca a la dupla empresa-trabajador; cuando postula el trabajador, corresponde únicamente a su propio beneficio. Los empleadores deben postular dentro de los tres meses siguientes al inicio de la relación laboral, y solo cuando no existió relación laboral con esa persona durante los 12 meses previos. El calendario de SENCE fija los primeros pagos para el 30 de noviembre de 2026.

¿Qué ocurre si un empleador no postula?

El SUE es un aporte fiscal a la remuneración, no una cotización obligatoria con régimen sancionador. Un empleador que no postula simplemente no lo recibe: la única consecuencia es la pérdida de un beneficio de hasta 20 % de la remuneración bruta de un trabajador elegible durante 12 meses, o 15 meses para personas con discapacidad y micro o pequeñas empresas. El monitoreo continuo por jurisdicción detecta el inicio de un programa como este en el momento de su publicación, de modo que los equipos de remuneraciones y recursos humanos puedan actuar dentro de la ventana de tres meses.

En vivo
Chile: reforma laboral, negociación colectiva y régimen de subsidio al empleo
Dar seguimiento a proyectos de ley del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (Mintrab), tramitación legislativa y directrices de la Dirección del Trabajo (DT) para obligaciones vinculantes a nivel de empleador.
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Qué hacer a continuación:

  • Verifique si sus contrataciones recientes o planificadas pertenecen a uno de los cuatro grupos prioritarios y cumplen las condiciones de RSH, renta (hasta 2,25 IMM) y cesantía previa.
  • Lleve un registro de la ventana de tres meses desde cada contratación elegible y confirme que no hubo relación laboral con esa persona en los 12 meses previos.
  • Instruya a remuneraciones y recursos humanos sobre la vía de la Ventanilla Única Social hacia SENCE, y postule por la dupla empresa-trabajador.
  • Anote la fecha de primer pago del 30 de noviembre de 2026 en su calendario de remuneraciones.