El 1 de septiembre de 2026, cientos de productos de fórmula infantil y fórmula enteral vendidos en Brasil deben haber completado su adaptación al nuevo marco de registro de ANVISA o se arriesgan a la cancelación. En el mismo continente, México cerró 2025 haciendo plenamente obligatorios en todos los canales de venta al por menor sus sellos octogonales de advertencia frontal, mientras que Colombia dedicó la primera mitad de 2026 a redactar una segunda etiqueta de advertencia sobre la que ya había introducido en 2021. Ninguno de estos plazos comparte calendario, formato ni estilo de aplicación, y ninguno está coordinado con los demás.

Ese es el hecho definitorio de la seguridad alimentaria en Sudamérica: no existe un equivalente regional al derecho alimentario armonizado de la UE. El Codex Alimentarius establece un piso de referencia que Brasil, México, Colombia, Argentina y Chile interpretan cada uno a través de su propia agencia nacional, a su propio ritmo y con su propia escala de sanciones. Un fabricante o importador multinacional que opera en toda la región está, en realidad, gestionando cinco programas de cumplimiento separados que resulta que venden el mismo producto.

A continuación se detalla qué cambió en 2025 y 2026, qué regulador impulsa cada cambio, y qué debe vigilar un equipo de seguridad alimentaria o asuntos regulatorios antes de que llegue el próximo plazo.

¿Qué reguladores impulsan realmente el cumplimiento de la seguridad alimentaria en Sudamérica?

Cinco agencias nacionales, cada una con una postura de aplicación distinta: ANVISA en Brasil, COFEPRIS en México, INVIMA en Colombia, ANMAT junto con la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca en Argentina, y el Ministerio de Salud (Instituto de Salud Pública) en Chile. Las cinco toman como referencia los estándares del Codex Alimentarius para justificar sus criterios técnicos, pero cada una publica sus propias resoluciones, decretos y normas oficiales en su propio diario oficial, en su propio idioma y sistema de numeración.

COFEPRIS es la más operativamente agresiva de las cinco: renovó en 2026 los acuerdos de coordinación con los 32 estados mexicanos por primera vez en más de dos décadas y realiza más de 318.000 visitas de verificación al año en los sectores de alimentos, farmacéutico y salud pública. ANVISA actúa a través de Resoluções da Diretoria Colegiada (RDC) que conllevan multas de hasta R$1.500.000 para las infracciones más graves. El Código Alimentario Argentino se actualiza mediante resoluciones conjuntas de ANMAT y la Secretaría de Agricultura en lugar de una única ley de seguridad alimentaria, lo que significa que las nuevas aprobaciones de aditivos y los cambios de etiquetado aparecen como resoluciones numeradas a lo largo del año en vez de en un único ciclo de actualización anual.

¿Cuál es el nuevo plazo de registro de alimentos de Brasil y a quién afecta si se incumple?

El 1 de septiembre de 2026 es el plazo de adaptación para las fórmulas infantiles, las fórmulas enterales y otros productos que mantienen un registro obligatorio ante ANVISA bajo el marco introducido por la RDC 843/2024 y la Instrução Normativa 281/2024, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2024. Los productos registrados en el Anexo I de la IN 281/2024, principalmente fórmulas infantiles y enterales, deben completar la adaptación del etiquetado y los ajustes de presentación mediante una petición específica antes de esa fecha o se arriesgan a la cancelación del registro.

Un segundo plazo relacionado ya venció y luego fue ampliado: los alimentos para control de peso y los suplementos dietéticos que antes operaban bajo una simple notificación de fabricación o importación tenían originalmente hasta el 1 de septiembre de 2025 para notificar a ANVISA bajo el nuevo régimen. La RDC 990/2025, publicada el 26 de agosto de 2025, extendió ese plazo específico de notificación también hasta el 1 de septiembre de 2026, dando a fabricantes e importadores aproximadamente un año adicional de margen. Ambos plazos ahora convergen en la misma fecha, lo que significa que cualquier empresa con un producto de fórmula registrado y una línea de suplementos notificada enfrenta un único punto crítico de cumplimiento en lugar de dos escalonados.

La aplicación no es teórica. ANVISA y las agencias estatales de vigilancia sanitaria impusieron más de R$47 millones en multas por irregularidades en el transporte de alimentos solo en 2025, y las infracciones individuales bajo la Lei 6.437/1977 van desde R$2.000 por documentación sanitaria faltante hasta R$1.500.000 por alimentos contaminados o adulterados, con las infracciones reiteradas duplicando la sanción y desencadenando la cancelación del permiso sanitario. Retiros recientes de 2026, incluido un lote de fórmula infantil de Danone retirado en marzo por un hallazgo de toxina cereulida y una marca de coco rallado retirada en mayo por exceso de dióxido de azufre, muestran a ANVISA actuando sobre resultados de laboratorio en cuestión de días.

¿Por qué sigue cambiando el etiquetado de advertencia frontal en 2026?

Porque México y Colombia se encuentran cada uno en una fase distinta del mismo ciclo de política: exigir, medir y luego ampliar. El sistema mexicano de sellos octogonales de advertencia de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, aplicado conjuntamente por COFEPRIS y PROFECO, alcanzó su fase final de implementación el 1 de octubre de 2025, cerrando la última ventana de transición para los sellos octogonales negros que advierten sobre exceso de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas trans, calorías o edulcorantes. Los inspectores ahora tratan la ausencia de un sello requerido como una infracción de etiquetado de primer orden y no como un requisito en fase de implementación.

Colombia va un paso por detrás y avanza más. Su sistema original de advertencia octogonal, establecido por la Resolución 810 de 2021 y modificado por las Resoluciones 2492 de 2022 y 254 de 2023, es objeto de un proyecto de resolución que el Ministerio de Salud publicó el 21 de abril de 2026. El proyecto derogaría las tres resoluciones anteriores y añadiría una nueva etiqueta rectangular de advertencia con el texto Advertencia Ultra Procesado para los productos que contengan al menos un ingrediente ultraprocesado, como jarabe de maíz alto en fructosa o aceites hidrogenados, y al menos un aditivo cosmético. La consulta local sobre el proyecto cerró el 6 de mayo de 2026, y el texto propuesto incluye un periodo de transición de seis meses una vez finalizado, lo que significa que un plazo de cumplimiento podría llegar antes de finales de 2026 o a principios de 2027, según la rapidez con que se publique la resolución definitiva.

¿Con qué frecuencia cambian Argentina y Chile sus códigos alimentarios, y por qué importa ese ritmo?

De forma continua, no anual, que es precisamente lo que hace tropezar a los equipos de cumplimiento acostumbrados a un ciclo de actualización fijo. El Código Alimentario Argentino se modifica mediante resoluciones conjuntas de ANMAT y la Secretaría de Agricultura publicadas de forma individual en el Boletín Oficial a lo largo del año. Solo en mayo de 2026, la Resolución Conjunta 3/2026 añadió el extracto de fruta del monje como edulcorante aprobado y la Resolución Conjunta 2/2026 aprobó dos nuevos agentes de recubrimiento de copolímero de metacrilato para suplementos dietéticos sólidos, cada una entrando en vigor al día siguiente de su publicación. El Decreto 538/2025 reestructuró el propio proceso de actualización, disolviendo la anterior Comisión Nacional de Alimentos y consolidando la potestad normativa directamente en ANMAT y la Secretaría.

El Reglamento Sanitario de los Alimentos de Chile, vigente desde 1997 bajo el Decreto Supremo 977/96, sigue el mismo patrón de enmiendas frecuentes y acotadas en lugar de revisiones periódicas integrales. Un decreto publicado el 4 de febrero de 2026 estableció nuevos criterios sanitarios para parásitos hallados en la musculatura de peces, tomando como referencia los estándares del Codex para filetes de pescado congelado, y entra en vigor 12 meses después de su publicación. Una actualización separada de 2026 añadió la declaración obligatoria del tratamiento térmico principal utilizado para eliminar patógenos en productos lácteos y una nueva etiqueta de origen "país de ordeña" con una bandera nacional, exigiendo a los importadores obtener certificados oficiales de origen de los proveedores lácteos extranjeros antes de que el producto llegue a un estante chileno. Ninguno de los dos cambios se integró en una publicación anual; cada uno avanzó con su propia fecha de publicación y entrada en vigor.

JurisdicciónReguladorAcción recienteFecha
BrasilANVISALa RDC 990/2025 amplía el plazo de notificación de suplementos y alimentos de control de peso1 de septiembre de 2026
BrasilANVISAPlazo de adaptación del registro de fórmulas infantiles y enterales (IN 281/2024)1 de septiembre de 2026
MéxicoCOFEPRIS / PROFECOSellos de advertencia frontal NOM-051, fase final de implementación1 de octubre de 2025
ColombiaINVIMA / Ministerio de SaludProyecto de etiqueta rectangular de advertencia ultraprocesado, consulta cerrada6 de mayo de 2026
ArgentinaANMAT / Secretaría de AgriculturaEnmiendas al Código Alimentario Argentino (fruta del monje, agentes de recubrimiento)mayo de 2026
ChileMinisterio de Salud (ISP)Decreto sobre criterios sanitarios de parásitos en pescado, etiquetado de origen lácteofebrero y mayo de 2026

¿Qué debe hacer a continuación un programa de cumplimiento de seguridad alimentaria en Sudamérica?

Tratar cada jurisdicción como su propio carril de seguimiento en lugar de como un bloque regional. Un único boletín de "actualización regulatoria de Latinoamérica" no puede ofrecer el nivel de detalle que exigen, por separado, un plazo de registro brasileño, un sello de etiquetado mexicano, una aprobación de aditivo argentina y una norma de etiquetado de origen chilena, especialmente cuando tres de los cinco países publican cambios como resoluciones independientes sin un ciclo anual fijo. Incorpore ya al calendario de cumplimiento el plazo del 1 de septiembre de 2026 en Brasil si alguna línea de producto toca fórmulas infantiles, fórmulas enterales, alimentos de control de peso o suplementos dietéticos, y confirme el estado de la norma colombiana de etiquetado ultraprocesado antes de finalizar cualquier producción de empaques destinada a ese mercado en 2027.

Obsidian monitorea a ANVISA, COFEPRIS, INVIMA, ANMAT y el Ministerio de Salud de Chile como fuentes primarias, jurisdicción por jurisdicción, y muestra las nuevas resoluciones y decretos en el momento en que se publican en lugar de en un resumen trimestral. Para una pregunta específica, como si una determinada categoría de suplementos todavía requiere notificación ante ANVISA o cuál será el periodo de transición de Colombia una vez que se finalice su proyecto de etiqueta, el companion de IA de Obsidian trabaja a partir de los mismos registros regulatorios verificados citados en este artículo, siempre como un companion al juicio de su propio equipo y nunca como un sustituto de este. Los equipos que necesitan incorporar esos datos a sus herramientas internas pueden hacerlo a través del MCP, y las funciones de cumplimiento que evalúan la cobertura en los cinco regímenes sudamericanos de seguridad alimentaria pueden comenzar con monitoreo a nivel de jurisdicción ajustado exactamente a los marcos referenciados aquí.