El 30 de mayo de 2025 entró en vigor el Decreto Ley Federal n.º 11 de 2024 de los Emiratos Árabes Unidos sobre la Reducción de los Efectos del Cambio Climático, y toda entidad que genere emisiones de gases de efecto invernadero en el país, incluidas las empresas de zonas francas sin umbral de tamaño, dispone ahora hasta el 30 de mayo de 2026 para registrarse en la plataforma nacional de MRV y presentar un informe de emisiones conforme. Si no lo hace, la multa oscila entre 50.000 y 2.000.000 AED, y se duplica hasta 4.000.000 AED en caso de reincidencia dentro de un plazo de dos años. Dos años antes, esa obligación no existía. Ese es el ritmo de cambio que define hoy la regulación ESG en Oriente Medio.

El problema para los equipos de cumplimiento es que este ritmo no está sincronizado. Los EAU acaban de hacer obligatoria la declaración de emisiones para prácticamente todas las empresas. Catar ha construido discretamente uno de los regímenes alineados con la ISSB más exigentes del mundo, vigente desde el 1 de enero de 2026. Arabia Saudí sigue siendo oficialmente voluntaria mientras se comporta como si no lo fuera. Israel no tiene ninguna ley ESG. Una única "estrategia ESG para Oriente Medio" construida sobre uno de estos cuatro modelos fallará al aplicarse a los otros tres.

Añada a esto el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la UE, que entró en su fase definitiva de facturación el 1 de enero de 2026 y que ahora grava el carbono incorporado en las exportaciones de aluminio y acero del Golfo a su llegada a Europa, y el ESG deja de ser un ejercicio reputacional para las empresas que operan en la región. Ahora es una cuestión de acceso al mercado, con reguladores identificados, plazos identificados y multas identificadas.

¿Qué reguladores impulsan realmente la divulgación ESG en Oriente Medio?

Cuatro organismos distintos, cada uno con su propio modelo. En los EAU, la Securities and Commodities Authority (SCA) regula la información de sostenibilidad de las sociedades cotizadas bajo su marco de gobierno corporativo, mientras que el Ministerio de Cambio Climático y Medio Ambiente (MOCCAE) hace cumplir la obligación de declaración de emisiones de la ley de cambio climático a prácticamente todas las empresas, cotizadas o no. En Catar, la Qatar Financial Markets Authority (QFMA) establece las normas para las empresas cotizadas en la Qatar Stock Exchange, y la Qatar Financial Centre Regulatory Authority (QFCRA) regula por separado a las entidades autorizadas dentro del QFC. En Arabia Saudí, la Capital Market Authority (CMA) y la Saudi Exchange (Tadawul) emiten orientaciones en lugar de normas vinculantes para la mayoría de las sociedades cotizadas, reservando la divulgación obligatoria a los emisores de deuda. En Israel, la Israel Securities Authority (ISA) hace cumplir la normativa existente sobre valores y folletos, que afecta al riesgo ambiental sin llegar a constituir una ley ESG específica.

¿Es obligatoria la información ESG para las sociedades cotizadas y las empresas de los EAU?

Sí, a través de dos vías separadas que a menudo se confunden. En virtud del artículo 76 del Código de Gobierno Corporativo de la SCA para sociedades anónimas públicas (Decisión n.º 03 R.M. de 2020 del presidente del consejo de la SCA), toda PJSC cotizada en la Abu Dhabi Securities Exchange o en el Dubai Financial Market debe publicar un informe de sostenibilidad anual que cubra el entorno, la sociedad y la economía y el gobierno corporativo, presentado dentro de los 90 días posteriores al cierre del ejercicio o antes de la junta general anual, lo que ocurra primero.

La segunda vía, más amplia, es el Decreto Ley Federal n.º 11 de 2024, que se aplica independientemente del estado de cotización. Las entidades se registran en la Integrated Emissions Quantification Tool, disponible en mrv.ae y lanzada por el MOCCAE el 15 de octubre de 2025, para medir y declarar sus emisiones de Alcance 1 y Alcance 2, previéndose que el Alcance 3 se incorpore a partir de 2027. El plazo de cumplimiento es el 30 de mayo de 2026 y, aunque el MOCCAE ha señalado una posible prórroga mientras se finalizan las directrices técnicas, no se ha confirmado ninguna fecha revisada, por lo que tratar la fecha original como definitiva es el supuesto de planificación más prudente.

¿Qué exige realmente el mandato ISSB de Catar en 2026?

Una divulgación completa conforme a las NIIF S1 y NIIF S2, no un ejercicio de alineación voluntaria. El Código de Gobierno Corporativo de la QFMA para sociedades cotizadas, emitido en virtud de la Decisión del Consejo n.º 5 de 2025 y en vigor desde el 17 de agosto de 2025, exige en su artículo 11 y en el Anexo 1.4 que las sociedades cotizadas en el mercado principal de la Qatar Stock Exchange utilicen los estándares ISSB para sus divulgaciones de sostenibilidad. Por separado, las normas GENE (Corporate Sustainability Reporting) y de Enmiendas Menores y Técnicas 2025 de la QFCRA, emitidas el 26 de junio de 2025, entraron en vigor el 1 de enero de 2026 para todas las entidades de Categoría A, es decir, bancos, aseguradoras y gestores de inversión discrecional, además de cualquier entidad de Categoría B que la QFCRA designe específicamente.

La distinción importa porque un grupo con una matriz cotizada en la QSE y una filial autorizada por la QFC se enfrenta a dos obligaciones ISSB separadas, impuestas por dos reguladores distintos y basadas en dos fundamentos jurídicos distintos, sin que el cumplimiento de una vía satisfaga automáticamente la otra.

Mercado o régimenNIIF S1 obligatoriaNIIF S2 obligatoriaAlcance 3 requerido
QSE / QFCRA (Catar)2025 a 2026 (por fases según la norma)2026 (Categoría A y entidades designadas)Aún no especificado
ADX / DFM (EAU)2025 (informe de sostenibilidad SCA)2025 a 2026 (ley climática, Alcance 1 y 2)2026, cumplir o explicar; obligatorio a partir de 2027
Tadawul (Arabia Saudí)2026 para el índice TASI 30, generalizado a todas en 20282026 para el índice TASI 30, generalizado a todas en 20282028, inicialmente cumplir o explicar
Israel (ISA)Sin mandato; solo divulgación de riesgo ambientalSin mandatoNo aplicable

¿Sigue siendo voluntario el régimen de divulgación ESG de Arabia Saudí?

En su mayor parte sí, pero la brecha entre lo voluntario y lo esperado se está cerrando rápidamente. Las Directrices de Divulgación ESG de 2019 de la CMA y las de 2021 de la Saudi Exchange siguen sin ser vinculantes para la mayoría de las sociedades cotizadas, aunque el mercado ya las ha superado: 94 empresas cotizadas publicaron informes ESG en 2024, frente a 81 en 2023, y aproximadamente el 65 por ciento de las 100 mayores empresas del Tadawul por ingresos ya informan sobre ESG incluso sin obligación legal de hacerlo.

Ya existe divulgación obligatoria para una categoría. En 2025, la CMA aprobó directrices para la emisión de instrumentos de deuda verde, social, sostenible y vinculada a la sostenibilidad, que obligan a cualquier emisor que utilice ese canal de financiación a divulgar de forma continua el uso de fondos y el impacto. A nivel más amplio, la CMA y el Tadawul han señalado que la divulgación alineada con la ISSB conforme a las NIIF S1 y S2 se volverá obligatoria a partir de 2026 para las empresas del índice TASI 30, generalizándose a todas las entidades cotizadas en 2028, con las emisiones de Alcance 3 inicialmente bajo el principio de cumplir o explicar. Una empresa que espere a que la CMA confirme formalmente este calendario antes de construir su infraestructura de divulgación empezará el proceso más tarde que sus homólogas del TASI 30, que ya lo han hecho.

¿Por qué Israel va por detrás del resto del Golfo en materia de divulgación ESG obligatoria?

Porque no se ha promulgado ninguna ley ESG dedicada, y las obligaciones existentes solo alcanzan el riesgo ambiental de forma indirecta. Las sociedades israelíes obligadas a informar divulgan el riesgo ambiental en virtud de las Securities Regulations (Periodic and Immediate Reports) de 1970 y las Prospectus Details Regulations de 1969, ambas décadas anteriores al propio concepto de ESG. En septiembre de 2024, la Israel Securities Authority publicó sus Conclusiones de Auditoría sobre Divulgación e Información de Riesgos Ambientales en Sociedades Obligadas a Informar, concluyendo que la mayoría de las empresas no tenían política formal de riesgo ambiental, ni información a nivel de consejo sobre el tema, ni metodología documentada para juzgar riesgos como no significativos, una conclusión que la ISA trata como un incumplimiento normativo conforme a la legislación vigente, aunque ninguna ley ESG independiente obligue a un informe de sostenibilidad completo.

La dirección es clara incluso sin un mandato: los comentarios académicos y del sector a lo largo de 2026 han pedido repetidamente a la ISA que adopte una divulgación obligatoria basada en la ISSB para las sociedades públicas, excluyendo a las pequeñas empresas, situando a Israel como la excepción que finalmente converge hacia sus vecinos del Golfo en lugar de la anomalía que permanece al margen.

¿Cómo reconfigura el impuesto fronterizo al carbono de la UE las prioridades de cumplimiento para los exportadores del Golfo?

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono entró en su fase definitiva de compra de certificados el 1 de enero de 2026, y para los exportadores del CCG la exposición se concentra casi por completo en el aluminio. Baréin y los EAU registran la exposición más alta, tanto en términos absolutos como en relación con el PIB, mientras que Arabia Saudí y Omán enfrentan una exposición moderada y Catar y Kuwait apenas se ven afectados. En el caso concreto de Arabia Saudí, el CBAM afecta ahora a unos 475 millones de euros de comercio anual de metales con la UE, y se prevé que los costes de los certificados asciendan a unos 54 millones de euros al año en 2034, a medida que la asignación gratuita de la UE se elimina gradualmente y el precio del certificado sube de unos 84 a 146 euros por tonelada de CO2.

Los productores de acero saudíes que utilizan la tecnología de Reducción Directa de Hierro y Horno de Arco Eléctrico ya operan un 29 por ciento por debajo de la intensidad de carbono media mundial del acero, lo cual ayuda, pero la obligación del CBAM se calcula a partir de datos de emisiones verificados presentados por el exportador, no de una eficiencia asumida. Un exportador que no pueda presentar cifras de emisiones auditadas a nivel de envío recibe un valor por defecto punitivo de la UE en lugar de su huella real, más baja, convirtiendo una ventaja de eficiencia real en un pasivo sobre el papel. Este es exactamente el tipo de dependencia regulatoria transfronteriza que una visión únicamente regional del cumplimiento ESG pasa por alto por completo.

¿Cómo puede un equipo de cumplimiento supervisar cinco regímenes ESG distintos sin cinco suscripciones separadas?

Trate a la SCA, el MOCCAE, la QFMA, la QFCRA, la CMA y la ISA como seis fuentes tier-0 distintas, en lugar de agruparlas en un único bloque de "ESG Oriente Medio" que inevitablemente pasará por alto un plazo específico de una jurisdicción. Obsidian sigue la CSRD, las ESRS, el SFDR, la Taxonomía de la UE y los estándares ISSB, junto con una vigilancia dedicada por jurisdicción para los reguladores de la región, de modo que una enmienda de norma de la QFCRA o una resolución del Consejo de Ministros del MOCCAE sobre sanciones de la ley climática llega al responsable de cumplimiento adecuado la semana en que se publica, y no el trimestre en que alguien decide comprobar la fuente directamente. Descubra cómo funciona la cobertura completa de ESG y finanzas sostenibles en la página de monitorización.

Para los equipos que siguen a la vez un plazo de la ley climática de los EAU y una presentación ISSB en Catar, el compañero de IA ofrece una respuesta rápida y con fuentes verificadas a preguntas como "necesita nuestra filial QFC un informe IFRS S2 separado del de nuestra matriz cotizada en la QSE" sin esperar días a la asesoría legal externa, y la integración MCP permite que esos mismos datos regulatorios verificados fluyan directamente hacia el asistente de IA que la función de cumplimiento ya utiliza para la redacción y la revisión interna. El compañero de IA es una referencia regulatoria verificada, nunca un sustituto del criterio legal sobre una presentación específica.

¿Qué debe hacer a continuación un equipo de cumplimiento ESG en Oriente Medio?

Empiece por separar las entidades que enfrentan un plazo vinculante de las que no: cualquier entidad de los EAU que genere emisiones tiene el reloj en marcha hasta el 30 de mayo de 2026 independientemente de su estado de cotización, mientras que una empresa saudí fuera del TASI 30 todavía dispone de una ventana de planificación genuina antes de 2028. Después, cartografíe cada entidad legal según su regulador específico y no según su país, ya que una filial autorizada por el QFC y su matriz cotizada en la QSE responden a normas diferentes en calendarios diferentes, aunque ambas se sitúen en Catar.

Por último, si la empresa exporta aluminio, acero o cemento a la UE, construya ahora un conjunto de datos de emisiones verificado a nivel de envío, en lugar de hacerlo después de recibir la próxima factura de certificados CBAM; la diferencia entre una cifra real auditada y un valor por defecto de la UE es donde las ganancias reales de eficiencia se capturan o se pierden. Nada de esto requiere adivinar qué regulador se moverá a continuación. Las alertas por jurisdicción y las fuentes oficiales verificadas de Obsidian existen precisamente para que una enmienda de la QFMA o una resolución del Consejo de Ministros del MOCCAE llegue a su equipo la misma semana en que se publica, y no el trimestre siguiente.